La reforma procesal penal de la Provincia de Buenos Aires que introdujo la Ley 11.922 (BO 23-1-97) y sus modificatorias, que entrara en vigencia el 28 de septiembre de 1998, tuvo como objetivos principales la completa instauración de oralidad, la inmediación de los funcionarios judiciales, la exclusión de una excesiva delegación e intervención policial, para -en definitiva- proveer el aseguramiento de las garantías. Los cambios fueron profundos y se instauró un sistema totalmente diverso al hasta entonces vigente.
Deben sumarse a ello, los efectos de las fuertes transformaciones que se ha buscado introducir en la institución policial, y en la relación de ésta con la justicia. Al igual que en el sistema de reclutamiento de magistrados y funcionarios.
Como es de suponer, todos estos importantes cambios generados en relativamente muy poco tiempo, que inciden sobre una problemática común -la investigación y enjuiciamiento de los delitos-, ha generado un importante número de problemas.
Y los inconvenientes -reales o supuestos- que se generaron, fueron grandemente amplificados, ya que operaron en un contexto socioeconómico que experimentó a lo largo de la década del 90 también mutaciones relevantes: crecientes tasas de desempleo, aumento de la pobreza, y de la criminalidad en diversos aspectos (calidad y cantidad).
De allí la preocupación ciudadana y de los gobernantes acerca del desempeño y eficacia de las instituciones penales.
Como se observa, el conjunto de cuestiones es muy vasto. Por lo que limitaré mi interés en este trabajo a los que advierto en la Investigación Penal Preparatoria, sin que pueda entenderse por ello que son los únicos o los únicamente importantes.