Antes de comenzar los cursos de “Historia del Pensamiento Penal”, se planteó la necesidad de definir el aporte histórico en el desarrollo de la materia.
¿De qué manera la historia podría contribuir a una especialidad en derecho penal?.
Trabajando sobre la Argentina de Tejedor, surge una pregunta que aún hoy nos hacemos y no encuentra (por suerte) una respuesta cerrada ni mucho menos. ¿Por qué el Proyecto de Código Penal de Carlos Tejedor tarda tanto en sancionarse, mientras el país consagra la puesta en funcionamiento del resto de los códigos de fondo? (En realidad, tendríamos que hablar del derrotero que comienza a “concluir” con el Código Penal de Moreno avanzado el siglo XX).
Desde la posición de historiador formado en la historia social, remitiendo inmediatamente a la estructura económico-social, la respuesta clara parecía aproximarse: en pleno proceso hacia la Argentina Moderna, con tantos vertiginosos cambios políticos (consolidación del Estado-Nación), económicos (inserción del modelo agro-exportador) y sociales (inmigración), un fuero encargado –como ningún otro- del control del orden público, no podía hacer frente a una realidad que se transformaba delante de sus ojos, presentándole hombres y problemáticas no contempladas en un proyecto de código, que ya antes de su sanción aparecía anacrónico.
Sin embargo, la respuesta de los alumnos abogados en clase, parecía mucho más simple y contundente. ¿Por qué modificar y sistematizar un ordenamiento legal efectivo en la práctica, que había sabido dar respuestas al poder político de turno, en el mantenimiento del orden social? ¿Por qué reformular políticas y normativas penales que daban contestación a las necesidades del control social y la estabilidad política? ¿Por qué la emergencia de un código, cuando la práctica y la legislación vigentes resultaban eficientes para la política criminal? ¿Por qué pensar que lo histórico guarda las llaves para abrir la interpretación de lo jurídico? Por qué no pensar que lo jurídico también nos puede dar respuestas históricas, e incluso ayudar a (re)formularlas, y que lo histórico está en la reconstrucción y explicación del “contexto”, pero también en las visiones más cotidianas de las prácticas penales.