El presente trabajo se propone poner en diálogo la iusfilosofía y la historia del derecho a partir de pensar las posibilidades que algunos aspectos que la teoría dworkiniana brinda para analizar el derecho penal a fines del siglo XIX y principios del XXiii. En este sentido, es mi intención pensarla en tanto herramienta analítica, sin dejar de observar la imposibilidad de hacer una transpolación directa entre las ideas contemporáneas y el funcionamiento del derecho en el pasado. Propongo aplicar cuatro de los puntos planteados por Ronald Dworkin (1931-2013) el uso de la jurisprudencia y el precedente para resolver problemas jurídicos, el lugar de la moralidad en el derecho – especialmente en el argentino-, el concepto de “caso difícil” y el lugar del juez en su resolución para pensar la manera en que se actuó frente a los delitos sexuales en el ámbito judicial bonaerense en el período 1863-1903, es decir desde el inicio del proceso codificador hasta la reforma que produce un cambio central en estos.