A más de cuatro años de la sanción de la Ley Nacional de Talles (Nro. 27.521) aún su implementación no ha sido garantizada y a nivel institucional no se ha brindado respuesta alguna de por qué no se ha hecho efectivo su cumplimiento. Pasó la pandemia, el cambio de gobierno, los cambios de gestiones, etc. Todo cambió excepto el estado de la Ley.
La problemática de la vestimenta, de los talles, de no encontrar ropa que nos quede bien, que se ajuste bien a las necesidades de cada corporalidad o que sea acorde a nuestrx cuerpx no es nueva ya que desde hace varios años que se ha hecho manifiesto el descontento generalizado de la sociedad ante la poca variedad de talles que ofrecen las casas de indumentaria. Este descontento generalizado se ha hecho notar desde hace ya varios años, desde que organizaciones sociales especialistas en la temática han puesto sobre el tapete la problemática del problema social de las estereotipaciones de lxs cuerpxs y se ha logrado materializar en una normativa que tiene en cuenta no sólo el “tamaño” del talle en sí sino que además toma en consideración otros factores, como por ejemplo los socio-culturales, las expresiones de género, el rango etario, etc.
La presente ponencia está pensada para reflexionar en torno a la crisis existente alrededor de esta problemática social y pensar acerca de cuál es la respuesta que debe dar el derecho ante ella ya que si bien -desde su función legisladora- ha aspirado a combatir este conflicto (lo hizo con la sanción en sí misma de la ley) desde su función práctica –a través de políticas públicas- aún no ha brindado respuestas en relación a su puesta en vigencia. En materia de Derechos Humanos, es importante considerar que en tanto la aplicación de esta Ley se encuentre en pausa hay, justamente, derechos fundamentales que no son garantizados: el derecho al trato digno y el derecho a la vestimenta adecuada.